Calculadora de Prima de Antiguedad 2026

Calcula tu prima de antiguedad segun el articulo 162 de la LFT: 12 dias por año de servicio, con el tope de 2 UMAs diarias ($226.28). Incluye ISR estimado.

anos
$
Prima de Antiguedad Neta
$13,576.80
5 anos × 12 dias × $226.28/dia
Salario topado: tu salario de $600.00/dia supera el limite de 2 UMAs ($226.28/dia). Se calcula con $226.28/dia. Sin tope seria $36,000.00.
Prima bruta
$13,576.80
Dias totales (12 × 5 años)
60 dias
Monto exento ISR
$13,576.80
ISR estimado
$0.00
ConceptoMonto
Anos de servicio5 anos
Dias a pagar (12 × 5)60 dias
Salario diario real$600.00
Salario diario para calculo (tope 2 UMAs = $226.28)$226.28 (topado)
Prima bruta$13,576.80
(-) Monto exento ISR (90 UMAs × 5 años)($13,576.80)
Monto gravable$0.00
(-) ISR estimado sobre monto gravable($0.00)
PRIMA NETA$13,576.80

Prima de Antiguedad segun LFT Art. 162. Tope: 2 × UMA diaria = $226.28/dia en 2026. UMA 2026: $113.14. El ISR exacto depende de la situacion fiscal anual completa del trabajador.

Como usar esta calculadora

Ingresa los anos de servicio completos (la prima se paga por anos completos, no se proratea por meses) y el salario diario ordinario del trabajador. La calculadora aplica automaticamente el tope de 2 UMAs si el salario lo supera.

Formula de la Prima de Antiguedad

Prima de Antiguedad (LFT Art. 162): Dias a pagar = 12 dias × Años de servicio Salario efectivo = min(Salario diario, 2 × UMA diaria) 2 × UMA 2026 = 2 × $113.14 = $226.28/dia Prima bruta = Dias a pagar × Salario efectivo Exencion ISR (Art. 93 LISR) = min(Prima bruta, 90 × UMA × Años) Para 2026: 90 × $113.14 = $10,182.60 por año de servicio ISR = aplica sobre el monto que exceda la exencion Prima neta = Prima bruta - ISR Ejemplo: 5 años, salario diario $600 (se topa a $226.28) Dias = 12 × 5 = 60 dias Prima bruta = $226.28 × 60 = $13,576.80 Exencion = min($13,576.80, $10,182.60 × 5) = $13,576.80 (totalmente exenta) ISR = $0 Prima neta = $13,576.80

Ejemplo: 15 años, salario diario $800 (topado)

Anos de servicio15
Salario diario real$800
Salario topado (2 UMAs)$226.28
Dias (12 × 15)180 dias
Prima bruta$40,730.40
Exencion ISR (90 UMAs × 15)$152,739.00
Monto gravable$0
ISR$0
Prima neta$40,730.40

En la mayoria de los casos, la prima de antiguedad cae completamente dentro de la exencion de ISR.

¿Cuando se paga la prima de antiguedad?

Causa de terminacionPrima de antiguedadRequisito
Renuncia voluntariaSiMinimo 15 anos de servicio
Despido justificadoSiCualquier antiguedad
Despido injustificadoSiCualquier antiguedad (+ indemnizacion)
Despido indirecto (rescision a cargo del patron)SiCualquier antiguedad
Muerte del trabajadorSiSe paga a beneficiarios
Incapacidad permanenteSiCualquier antiguedad
Renuncia con menos de 15 anosNoNo aplica

Preguntas frecuentes

Solo cuenta el tiempo bajo relacion laboral (contrato de trabajo con subordinacion). El tiempo prestado como honorarios independientes o freelance no cuenta para efectos de la prima de antiguedad, a menos que la relacion hubiera sido en realidad una relacion de trabajo encubierta bajo honorarios.
En caso de muerte o incapacidad permanente, la prima de antiguedad se paga independientemente de los anos de servicio (no aplica el requisito de 15 anos que si aplica para renuncia voluntaria). Los beneficiarios del trabajador fallecido tienen derecho a recibir la prima.
No. Los derechos laborales minimos establecidos en la LFT son irrenunciables. Cualquier clausula contractual que pretenda eliminar o reducir la prima de antiguedad es nula de pleno derecho. El trabajador puede renunciar a cobrarla en una liquidacion con convenio, pero el acuerdo debe ser revisado ante la autoridad laboral para verificar que no hubo presion.
La LFT especifica explicitamente que el tope es el doble del salario minimo diario, pero desde 2016 la SCJN ha interpretado que debe usarse la UMA (no el salario minimo) como referencia para calculos que no esten directamente ligados al salario minimo como proteccion al trabajador. En la practica, la mayoria usa 2 UMAs como tope para la prima de antiguedad.
El plazo de prescripcion para reclamar prestaciones laborales es de 1 año (Art. 516 LFT) contado desde el dia en que sea exigible la deuda, o desde que se separo de la empresa. Para indemnizaciones por despido injustificado, el plazo es de 2 meses desde el despido para presentar la demanda. Actua rapido si crees que te deben algo.

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